REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veinticuatro de octubre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP12-S-2006-003176

Vista la solicitud presentada por el ciudadano JOSE ANGEL AVILA PEREIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8.473.806, domiciliado en el Sector Vea, Las Cuatro Vias, Las Delicias, de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistido por el abogado, FELIX TINEO MILLAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 47.647, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre un vehìculo clase: CAMIÒN, Tipo: PLATAFORMA, marca FORD, serial motor: 8 CIL, serial carrocería: AJF75L14391; modelo: F-750, color: ROJO, año: 1977, sin placa, uso: CARGA.- Con un valor estimado dicho vehìculo de CUATRO MILLONES DE BOLIVARES ( Bs. 4.000.000,00).- Teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanos JOSE RAMON SALAZAR y LUIS MARCANO, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano JOSE ANGEL AVILA PEREIRA, ya identificado, en el vehìculo antes descrito, en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA

Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA