REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cinco de octubre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : BP02-L-2006-000404

SENTENCIA


Vista el CONVENIMIENTO que corre inserta de al 29 de este expediente, suscrito por los abogados RAMON SARMIENTOS y ROILAND PINTO, en su carácter de apoderados de las partes en el presente juicio, a los fines de dar cumplimiento a la transacción celebrada en fecha 14 de Julio de 2006, que cursa a los folios 22 y 23 del expediente, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho CONVENIMIENTO, otorgándole el carácter de Cosa Juzgada y se da por terminado este juicio y se ordena el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los cinco (05) días del mes de Octubre de dos mil seis (2006).
El Juez,


Abog. Nohel Alzolay


La Secretaria,

Abg. Maribi Yanez N.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión, siendo las tres y diez minutos de la tarde. Conste.
La Secretaria,


Abg. Maribi Yanez N.