REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, once de octubre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : BP02-S-2004-001168

Vista la diligencia inserta al folio Noventa y Dos (92) del presente expediente, suscrita por el ciudadano JOSE FELIX RIVAS VELASQUEZ, plenamente identificado en autos, y el contenido de la misma, y vista igualmente la OPINION FAVORABLE de la Dra. FABIOLA QUINTANA FERNANDEZ, en su condición de Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Publica del Estado Anzoátegui, inserta al folio Noventa y Seis (96); en consecuencia éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, Estado Anzoátegui, FIJA COMO MESADA ALIMENTICIA, para las niñas “RIVAS DELGADO”, la suma de QUINIENTOS MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs.500.000,oo), mensuales la cual será retirada por el ciudadano JOSE FELIX RIVAS VELASQUEZ, plenamente identificado en autos, de la cuenta de ahorros signada con el N° 01-051-042763-2, llevada por éste Tribunal en el Banco Industrial de Venezuela, agencia Barcelona, a nombre de las niñas ya mencionados, y la misma empezará a regir a partir del presente mes de Octubre de 2006,. Asimismo se ORDENA hacerle entrega de la suma de UN MILLON DE BOLIVARES CON 00/100 (Bs.1.000.000, oo), para gastos escolares para las niñas antes identificados. Líbrese oficio.-
LA JUEZ UNIPERSONAL N° 02.

Dra. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.

En la misma fecha del auto anterior, se dio cumplimiento a lo acordado en él. Conste.

LA SECRETARIA.

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.

AJD/CA