REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos de Octubre de dos mil seis.
196º y 147º
ASUNTO: BP02-S-2006-003390.
Vista la anterior diligencia suscrita por la ciudadana MARIA CELESTINA RAMOS, debidamente asistida por la Defensora Pública Cuarta de Protección del Niño y del Adolescente, abogada ALCIRA HERRERA, a favor de la niña MAIRA ALEJANDRA GONZÁLEZ RAMOS, plenamente identificadas en autos, el contenido de la misma; en consecuencia éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, Estado Anzoátegui, ACUERDA LA ENTREGA DE UNA BONIFICACIÓN ESPECIAL, para la niña MAIRA ALEJANDRA GONZÁLEZ RAMOS, identificada en autos, por la cantidad de SETECIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.750.000,oo), la cual será retirada por la ciudadana MARIA CELESTINA RAMOS, plenamente identificada en autos, de la cuenta de ahorros signada con el N° 0007-0088-67-0010002021, llevada por éste Tribunal en la entidad Bancaria Banfoandes, agencia Barcelona, a nombre de la mencionada niña, para cubrir los gastos de útiles escolares de su hija arriba mencionada. Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL N° 02.
Dra. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior, se dio cumplimiento a lo acordado en él. Conste.
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
AJD/ZG.