REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiséis de octubre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP02-V-2006-001902
Por recibida la presente solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, presentada personalmente por la ciudadana MARILU VILLARROEL de BELLORIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.419.177, domiciliada en la calle Unión, casa N° 32-A, Colinas del Frío, Puerto La Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, actuando en nombre y representación de su hija la niña MIRIARLIS ISABEL “VILLARROEL BELLORIN”, venezolana, de diez (10) años de edad actualmente, asistida en este acto por el abogado en ejercicio JOSE LUIS MILANO GUEVARA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 45.589, junto con los recaudos que en ella se mencionan todos constantes de cinco (05) folios útiles.- Désele entrada y anótese en los libros respectivos, este Tribunal de Protección del niño y del adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02 la ADMITE, por ser procedente y no ser contraria a derecho y de conformidad con lo establecido en el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Cuarto literal “F”, y ordena antes de proceder a la decisión de la misma: 1) Notificar del Inicio del presente procedimiento a la Fiscal Undécimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, y a su vez emita su opinión al respecto. Líbrese boleta de notificación. 2) Se insta a la solicitante a consignar copia certificada fotostática del asiento N° 1425 del libro de nacimiento llevados por la Prefectura de la Parroquia Pozuelos del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui y del Registro Principal del Estado Anzoátegui. Cúmplase.-
LA JUEZ UNIPERSONAL Nº 02.-


DRA. ANA JACINTA DURAN.-
LA SECRETARIA.-
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.-

En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en el.-



LA SECRETARIA.-
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.-


AJD/lba.-