REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, tres de octubre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP02-S-2005-000524
Vista la diligencia inserta al folio Cuarenta y Ocho (48) del presente expediente, suscrita por la ciudadana MARISELA DEL VALLE PEREZ, plenamente identificada en autos, actuando en su representación de sus hijas, “MEDINA PEREZ”, asistida por la Defensora Tercera de Protección MARTHA AGUILERA, y vista igualmente la OPINION FAVORABLE de la Dra. FABIOLA QUINTANA, en su condición de Fiscal Decimotercera del Ministerio Publica del Estado Anzoátegui, inserta al folio Cincuenta y Cuatro (54); en consecuencia éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, Estado Anzoátegui, FIJA COMO MESADA ALIMENTICIA, para las niñas “MEDINA PEREZ”, la suma de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs.300.000,oo), mensuales, asimismo la misma cantidad adicional en los meses de Septiembre y Diciembre, la cual será retirada por la ciudadana MARISELA DEL VALLE PEREZ, plenamente identificada en autos, de la cuenta de ahorros signada con el N° 01-051-042244-4, llevada por éste Tribunal en el Banco Industrial de Venezuela, agencia Barcelona, a nombre de las niñas ya mencionada, y la misma empezará a regir a partir del presente mes de Octubre de 2006,. Asimismo se ORDENA hacerle entrega de la suma de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs.300.000, oo), por concepto de BONIFICACION ESPECIAL para sufragar gastos escolares de las mencionada niñas. Líbrese oficio.
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N° 02.
Dra. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior, se dio cumplimiento a lo acordado en él. Conste.
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
AJD/CA