REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta de Octubre de Dos Mil Seis.
196º y 147º
ASUNTO: BP02-R-2006-000831.
Vista la anterior diligencia suscrita por el abogado Domingo Torres, plenamente identificado en autos, mediante la cual da cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal en auto de fecha 24/10/2006; en consecuencia esta Sala de Juicio N°.02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, de ésta Circunscripción Judicial, de conformidad con el Articulo 522 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ratifica lo ordenado en auto de fecha 24/10/2006 y ordena remitir al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y de Protección del Niño y del Adolescente, copia certificadas del presente expediente, a los fines de que conozca de la misma. Líbrese oficio.
LA JUEZ UNIPERSONAL N°.02.
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
AJD/ ZG.