REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cuatro de octubre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP02-S-2006-005013
Por recibida la anterior solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, propuesta por las ciudadanas NELLY BETZABETH GONZALEZ ALVAREZ ANGELISMAR GONZALEZ ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad Nº V- 17.235.992 y 19.008.596, actuando en su propio nombre y ENOEMIA MARIA ALVAREZ venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº V-8.638.868 en la Urbanización las Mercedes vereda 1 Nº 27 de la ciudad de Puerto la Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui del Estado Anzoátegui, en representación de sus hijos menores de edad los adolescentes ANGEL ISIDRO GONZALEZ ALVAREZ, MILEYDI JOSEFINA GONZALEZ ALVAREZ, DARWIN JESUS GONZALEZ ALVAREZ,, diecisiete (17), quince (15), doce (12) con cedulas de identidad Nº V- 20.360.313, 21.391.160,y V- 21.391.161 y ANDERWIN JESUS GONZALEZ ALVAREZ, de y siete (07), años de edad debidamente asistida por la abogada RUTHMARIS BARRIOS debidamente inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 106.489, en el cual solicita que se le declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano ISIDRO BAUTISTA GONZALEZ, (difunto), quien era venezolano, mayor de edad y fuera portador de cédula de identidad Nº V- 2.803.297; y por cuanto la misma no es contraria a derecho, este Tribunal LA ADMITE.- Désele entrada.- Fórmese expediente.- En consecuencia, a los fines de proveer sobre lo solicitado éste Tribunal acuerda: 1) Notifíquese a la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del inicio del presente procedimiento 2) Se acuerda oír la opinión de los adolescentes antes mencionados 3.) y así mismo se ordena tomarle la declaración a los testigos que bien tenga los solicitantes cúmplase.-
LA JUEZ UNIPERSONAL Nº 02.
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.

En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.

ADJ/ Carmen