REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cuatro de octubre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP02-S-2006-005051
Por recibida la anterior solicitud de DISPOSICIÓN DE BIENES, presentada por la ciudadana MICAELA CAMPOS DE DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.173.041, actuando como Apoderada de la ciudadana MARLENE DEL CARMEN BASTARDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.276.505, progenitora del niño XXXXXXXXXXXXXXXX, y debidamente asistida por el Abogado en ejercicio HECTOR FIGUERA BERNAEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 65.812, junto con los recaudos que la acompañan. Désele entrada. Admítase. Fórmese expediente. Notifíquese del inicio del presente procedimiento a la Fiscal Undécima del Ministerio Público del Estado Anzoátegui; en consecuencia éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01, acuerda oficiar 1) Al Jefe del Departamento de Personal de la Hidrológica del Caribe C.A (HIDROCARIBE C.A), a los fines de que se sirva remitir cheque de gerencia a nombre de éste TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL ESTADO ANZOATEGUI, SALA DE JUICIO N° 01, por concepto de prestaciones sociales, que le pueda corresponder al menor XXXXXXXXXX, hijo del ciudadano ANGEL LUIS DIAZ CAMPOS, el cual prestaba sus servicios en esa institución que usted dignamente representa. 2) Al Gerente de la Entidad Bancaria Banesco, Ubicado en Lecherías, en la Avenida Licenciado Diego Bautista Urbaneja, a los fines de que se sirva remitir en cheque de gerencia a nombre de éste TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL ESTADO ANZOATEGUI, SALA DE JUICIO N° 01, la cuota parte que le corresponde al niño XXXXXXXXXXXXXXX, de la cuenta signada con el Nº 134-0245-1-4-2452041203, perteneciente a su difunto padre ciudadano ANGEL LUIS DIAZ CAMPO, y 3) Al Gerente de la Entidad Bancaria Banesco, Ubicado en el Neverí Plaza, Barcelona Estado Anzoátegui, a los fines de que se sirva remitir en cheque de gerencia a nombre de éste TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL ESTADO ANZOATEGUI, SALA DE JUICIO N° 01, la cuota parte que le corresponde al niño XXXXXXXXXXXXX, de la cuenta signada con el Nº 134-0262-1-5-2621018461, perteneciente a su difunto padre ciudadano ANGEL LUIS DIAZ CAMPO. Se INSTA a la parte interesada a consignar en autos todos los documentos en original. Líbrese boleta y oficios. Cúmplase.
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL. SALA Nº 01.
ABOG. SANTA SUSANA FIGUERA.
LA SECRETARIA. ACC
Abog. EVELYN LOPEZ.