REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO JUAN ANTONIO SOTILLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI.-
Puerto la Cruz, veintiséis (26) de Octubre del año dos mil seis (2006).

196° y 147°



Vista la transacción judicial celebrada en fecha 25 de Octubre de 2006, por el abogado CARLOS EDUARDO ALTIERI, en su condición de parte demandante, y el ciudadano DOMINGO MEZA MUJICA, asistido por la abogada MARIA ISABEL CARMONA DE BORREL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 119.187, parte demandada en el presente Juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO E INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS; y en virtud que de la revisión de las actas procesales se evidencia que las partes tienen capacidad necesaria para transigir y que el demandado de autos, se encontraba asistido de abogado al momento de suscribirla, y por cuanto la misma versa sobre materia en la cual no esta prohibida la transacción, es por tal razón que este Tribunal considera que se encuentran cubiertos los requisitos exigidos en el articulo 256 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia, imparte su homologación en todas y cada una de sus partes. Conste.-
LA JUEZ TEMPORAL,

MARIELA DEL VALLE NARVÁEZ SANTIL
LA SECRETARIA ACC.,

JUDITH MILENA MORENO









MNS/ers
Exp. N° 8377.