En el día de hoy, 11 de octubre de 2.006, siendo las Nueve y Cuarenta minutos de la mañana (9:40 AM) se trasladó y constituyó el Juzgado Segundo Ejecutor de medidas de los Municipios francisco de Miranda, Simón Rodríguez, Guanipa y José Gregorio Monagas de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en compañía de la apoderada judicial de la parte actora, abogada ENMIG RAMOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 44.600, hasta la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de esta misma Circunscripción Judicial, ubicado en la Av. Intercomunal Tigre-San José de Guanipa, Palacio de Justicia Extensión El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del estado Anzoátegui, sitio indicado por la parte ejecutante, a los fines de llevar a la práctica la MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO decretada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, con motivo del juicio por COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMATORIA), incoado por la abogada ENMIG RAMOS, en su carácter de Apoderada judicial SERVICE BROTHR’S MENDOZA, C.A. (SEBROMENCA), contra la empresa PERFOALCA, plenamente identificadas en autos. Acto seguido el Tribunal constituido en el sitio antes indicado, notifica de la presente medida y de la misión a cumplir, a la ciudadana Juez del Despacho, Abogada ELAINA GAMARDO LEDEZMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-3.852.426. En este estado interviene la apoderada actora, abogada ENMIG RAMOS, arriba identificada y expone: Solicito sea embargada la suma de SETENTA Y NUEVE MILLONES, DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO BOLIVARES CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS (79.019.838,64), que comprenden el monto líquido de la deuda y la cantidad de DIEZ Y NUEVE MILLONES, SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE BOLIVARES CON SESENTA Y SEIS CENTIMOS (19.754.959,66), por concepto de costas procesales, para un total general de: NOVENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO BOLIVARES CON TREINTA CENTIMOS ( 98.774.798,30), con motivo del juicio que llevaba en su contra la empresa S.F. TRANSPORTE, C.A., en virtud del convenio celebrado entre las partes en el expediente signado con el N° BP12-M-2006-000168, que cursa ante este Tribunal. Igualmente solicito al Tribunal remita las presentes actuaciones al Juzgado comitente. Es todo. Seguidamente este Tribunal declara embargada preventivamente la suma de: NOVENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO BOLIVARES CON TREINTA CENTIMOS ( 98.774.798,30); de la cantidad de dinero que se encuentra embargada en este Tribunal donde nos encontramos constituidos, en el asunto signado bajo el N° BP12-M-2006-000168, cuyo demandante es la empresa S.F. TRANSPORTE, C.A., y demandado la empresa PERFORACIONES ALBORNOZ, C.A. (PERFOALCA). Asimismo se acuerda dejar la cantidad embargada bajo la guardia y custodia del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Transito y Agrario de esta misma Circunscripción Judicial; igualmente se acuerda remitir las presentes actuaciones al Juzgado comitente. Es todo. Seguidamente el Tribunal declara cumplida su misión y ordena el regreso a su sede, siendo las Diez y Veinte minutos de la mañana. Es todo. Terminó, se leyó, y conformes firman.-
LA JUEZ,
LA APODERADA ACTORA
LA NOTIFICADA
LA SECRETARIA
COMISION: BP12-V-2006-000511
ASUNTO: BH11-X-2006-000111
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