REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI
El Tigre, 30 de octubre de 2006
N ° DE EXPEDIENTE: BP12-L-2006-000100
PARTE ACTORA: WILLIAMS ROJAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ROXANA REYES
PARTE DEMANDADA: HUABEI PETROLEUM SERVICES, S.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: PEDRO ROJAS y MAIGREE MIRABAL
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
ACTA DE DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO (Art. 130 LOPTRA)
Siendo las 12:00 del mediodía del día hábil de hoy, lunes 30 de octubre de 2006, la oportunidad para la prolongación de la audiencia preliminar, en la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales intentó el ciudadano WILLIAMS ROJAS, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad número 10.878.491, en contra de las sociedad mercantil HUABEI PETROLEUM SERVICES, S.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 7 de abril de 1999, anotada bajo el N º 22, tomo 4-A, se deja constancia que únicamente compareció a la prolongación de la audiencia preliminar, la abogada en ejercicio MAIGREE MIRABAL, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N º 67.295, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandada HUABEI PETROLEUM SERVICES, S.A.; y que la parte actora WILLIAMS ROJAS, no estuvo presente en la prolongación de la audiencia preliminar, ni por sí ni por medio de apoderado alguno, a pesar del llamado del Alguacil en las puertas del tribunal a la hora fijada, es decir, a las 12:00 del mediodía, por lo que, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 196 ° y 147 °.
El Juez,
Abg. Unaldo José Atencio Romero
Por HUABEI PETROLEUM SERVICES, S.A.
La Secretaria,
Abg. Maryedith Hernández
En la misma fecha, se dictó la sentencia en forma oral, se publicó a las 12:15 p.m. y se registró en el copiador respectivo. Conste
La Secretaria
Abg. Maryedith Hernández
BP12-L-2006-000100. UJAR/ua
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