REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, diecinueve de septiembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BH02-X-2006-000105
La abogada Ida Tineo de Mata, Juez Provisorio del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, se inhibió en el juicio que por Acción Reivindicatoria intentara el ciudadano José Ángel Pérez Medina contra la Empresa Operadora Cerro Negro, S.A., en virtud de considerarse incursa en la causal contemplada en el artículo 82, Ordinal 12 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto fue notificada en fecha 19 de junio de 2006 por la Inspectora de Tribunales, Dra. Glenda Delgado Bermúdez que cursa por ante esa Inspectoría denuncia en su contra interpuesta por la ciudadana María Josefina Serrano Solórzano, quien fue parte demandante en el juicio que por Acción Reivindicatoria intentara contra el ciudadano Emiro García Rosas expediente BH02-V-2001-000054, el cual fue sentenciado por ese Tribunal a su cargo en fecha 10 de diciembre de 2004, imputándole una serie de hechos falsos e injuriosos en la mencionada denuncia. Añade la Juez inhibida que en verdad quien se expresa en los términos mencionados es la Abogada Beatriz Calderón, asistente en la denuncia; por lo que se inhibe en esta causa en la que la mencionada abogada es apoderada de la parte demandante. En consecuencia, este Juzgado Superior declara CON LUGAR dicha Inhibición, por estar fundamentada en causa legal. Devuélvanse las presentes actuaciones al Tribunal de origen.
Pronunciamiento que formula este Juzgado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Déjese copia certificada.
El Juez Provisorio,
Abog. Antonio Marcano Campos
La Secretaria,
Abog. Mariela Trías Zerpa
Seguidamente se cumplió lo ordenado en el auto anterior, remitiéndose al Tribunal de la causa mediante Oficio N° 00-1874, constante de siete (07) folios útiles. Conste.-
La Secretaria,
Abog. Mariela Trías Zerpa
|