REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 26 de Septiembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2004-000355
ASUNTO : BP01-S-2004-000355
Visto el escrito presentado por el Dr. HECTOR OLMOS, en su carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual solicita el Sobreseimiento de la Causa, a favor del ciudadano ALFREDO GONZALEZ, en perjuicio de HENRY RAFAEL JIMENEZ, de conformidad a lo dispuesto en el ordinal 2° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal para decidir observa:
Del contenido de las presentes actuaciones se desprende que en fecha 04/07/2001, es presentada denuncia por el ciudadano ALFREDO GONZALEZ, por ante la Unidad Estatal N° 21, Anzoátegui, con motivo de accidente de transito del tipo volcamiento con lesionado, ocurrido en la Autopista Kilómetro 52, Sector Los Tubos, Barcelona, Estado Anzoátegui, donde interviniera el vehículo placas 975-VAC, MARCA: FORD, CLASE: CAMION TIPO PLATAFORMA, COLOR: BLANCO, conducido por el imputado de autos, resultando lesionado el ciudadano antes mencionado.
Se evidencia de la revisión de las actas que no consta en autos el Reconocimiento Medico Forense, donde se deje constancia del carácter de las lesiones, y el tiempo de curación, por lo que a criterio de ésta Instancia Penal, no se haya demostrado la comisión de delito alguno en la presente causa, por lo que este Tribunal en función de Control, considera ajustado a derecho la solicitud Fiscal y Decreta el Sobreseimiento de la presente causa, conforme lo establece el artículo 318, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, por no poder atribuírsele hecho punible al imputado de autos; declarándose así con lugar la solicitud Fiscal. Y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por la razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano ALFREDO GONZALEZ, en perjuicio de HENRY RAFAEL JIMENEZ, de conformidad a lo dispuesto en el ordinal 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase. Notifíquese.
LA JUEZ DE CONTROL N° 03,
DRA. BOLIVIA ALVAREZ MELENDEZ
LA SECRETARIA,
ABG. ADRIANA GONZALEZ