REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de septiembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : BP02-S-2006-004714

Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, presentada por la ciudadana: ANASTACIA YAGUARAMAY DE BASTARDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 1.150.479, domiciliada en la población de Naricual, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, debidamente asistida en este acto por el Dr. BRENDAN GRANT LA BARRIE, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.953, y previa la habilitación del tiempo necesario, y habiendo jurado la urgencia del caso, por cuanto en los actuales momentos se encuentran en receso los Tribunales, y visto el justificativo evacuado por ante este Tribunal con las declaraciones de los ciudadanos: HAYDEE MARIA BORGES y CARLOS JULIO SIFONTES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 8.219.145 y 13.773.475, respectivamente, quienes manifestaron que conocen de vista, trato y comunicación a la ciudadana: ANASTACIA YAGUARAMAY DE BASTARDO, e igualmente conocieron al causante EMILIO RAFAEL BASTARDO YAGUARAMAY; además saben y les constan que el causante no procreó hijos; igualmente saben y les constan que el Ciudadano EMILIO RAFAEL BASTARDO YAGUARAMAY, falleció en fecha cuatro (04) de Julio del 2.006, en la Pica del Neverí, Parroquia El Carmen, de la Ciudad de Barcelona, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, si saben y les constan que la Ciudadana: ANASTACIA YAGUARAMAY DE BASTARDO, es la Única y Universal Heredera, del Causante EMILIO RAFAEL BASTARDO y no hay ningún otro heredero legítimo, y el Tribunal vista la documentación acompañada a la solicitud y las declaraciones de los testigos antes nombrados e identificados considera suficientemente tales pruebas y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA a la ciudadana, ANASTACIA YAGUARAMAY DE BASTARDO, COMO LA ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de su causante EMILIO RAFAEL BASTARDO YAGUARAMAY, dejando a salvo los derechos de terceros.
Tómese nota de este Decreto en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año y devuélvanse originales con sus resultas las presentes actuaciones.
La Juez Suplente Especial,

Dra. HELEN PALACIO GARCIA.-

La Secretaria Accidental,

LORENA DECENA RAMIREZ.-





HPG/Gledys.-