REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciocho de septiembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP02-M-2006-000198
Vista la diligencia de fecha 11 de Agosto de 2.006, suscrita por el Dr. LUIS JOSE VILLARROEL CABELLO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.031, en su carácter acreditado en autos, y visto el contenido de la misma, donde Desiste tanto de la acción como del procedimiento y solicita la devolución de los documentos y letras de cambio originales consignados en el libelo de la demanda, este Tribunal, acuerda de conformidad, en consecuencia, HOMOLOGA dicho desistimiento y lo toma como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, y ordena la devolución de los documentos señalados, previa certificación en autos y el Archivo del presente expediente.- Así se decide.
La Juez Suplente Especial,
Abg. Helen Palacio García
La Secretaria Acc.,
Abg. Marieugelys García Capella.
HPG/lorena.-
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