REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiocho de septiembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP02-V-2006-000219
Visto el escrito presentado por el Dr. JESUS RAMIREZ SISO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.060, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana SANDRA QUIJADA ORDAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.010.176, por una parte y por la otra el Dr. JUAN PABLO GARCIA, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.130, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano DELMIRO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 497.650, así mismo el ciudadano GONZALO ARTURO MATA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 1.190.941, debidamente asistido por el Dr. CARLOS VELASQUEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 100.718, en fecha 26 de Septiembre de 2.006, y visto el contenido del mismo, donde Desiste tanto de la presente acción como del procedimiento, este Tribunal, acuerda de conformidad, en consecuencia, HOMOLOGA dicho desistimiento y lo toma como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, y ordena la devolución de los documentos señalados, previa certificación en autos y el Archivo del presente expediente.- Así se decide.
La Juez Suplente Especial,
Abg. Helen Palacio García
La Secretaria Acc.,
Abg. Marieugelys García Capella.
HPG/lorena.-
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