REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintiséis de septiembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP12-S-2006-002083
Vista la solicitud presentada por el ciudadano NICOLAS ORANGE FERNÁNDEZ CONCEPCIÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.463.740 y de este domicilio, asistido por la abogada IRAIMA ROJAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 103.835, donde manifiestan se les conceda TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en el sector La Aventazón, jurisdicción del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, sobre una parcela de terreno municipal que mide aproximadamente CINCUENTA Y SEIS MIL METROS CUADRADOS (56.000 Mts2).- Alinderada de la siguiente manera: NORTE: Midiendo Doscientos treinta y dos metros (232 mts) con terrenos ocupados por SALVADOR MIRABAL.- SUR: Midiendo doscientos cuarenta y un metros (241 mts) con terrenos ocupados por el señor JACINTO UGAS.- ESTE: Midiendo doscientos un metros (201 mts) con terrenos ocupados por el señor JACINTO UGAS, y; OESTE: Comprendido de la manera siguiente: un lote de terreno de noventa y ocho metros (98 mts) que limita con la Calle TEODORO GARCIA y el otro lote de terreno midiendo noventa y cuatro metros (94 mts) con terrenos ocupados por el señor AURELIO PÈREZ.- Dichas bienhechurias constan de 1) CASA con una construcción de ochenta y un metros cuadrados con veinticinco centímetros cuadrados (81,25 mts2), fabricado con unas bases de concreto y pilares de estructura metálica prefabricada, paredes de bloques de cemento, instalaciones de aguas blancas y negras, instalaciones eléctricas, piso de cemento pulido y techo de cindu tejas acerolit, puertas metálicas y de madera, ventanas de aluminio tipo macuto, con protectores de hierro; conformada por tres habitaciones, una sala, una cocina, un comedor, dos baños. 2) UN TANQUE AUSTRALIANO de diez metros (10 mts) de diámetro construido sobre una base de concreto de doce y medio (12 ½ mts) por trece metros (13 mts) y un metro sesenta y cinco (1,65 mts) de alto; 3 UNA MEDIA AGUA constante de un cuarto (1) un deposito (1), dos baños (2) y una sala (1) fabricada con base de concreto, piso de cemento totalmente cercado con bloques de cemento, con estructura de metal y techo de zinc; 4) UN TANQUE ÁEREO de material sintético con estructura de metal con capacidad de tres mil litros (3.000 lts).- El valor invertido es la cantidad de CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 50.000.000, oo), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos CARLOS ALBERTO RAMIREZ y EMILIA RIVERA, éste Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, concretamente con fundamento en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano: NICOLAS ORANGE FERNÁNDEZ CONCEPCIÓN, ya identificado, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA