REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintisiete de septiembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP12-S-2006-002167
Vista la solicitud presentada por la ciudadana ODILIS JOSEFINA GARCIA PINTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.132.315, domiciliada en San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomento a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la Calle Cuji, casa s/n, Sector El Trigal de la ciudad de San José de Guanipa del Estado Anzoátegui, que mide: TRESCIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS CON OCHENTA CENTIMETROS CUADRADOS (304,80 mts), sobre un lote de terreno propiedad municipal. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: parcela sola; SUR: vivienda de Maryelis Rodríguez; ESTE: vivienda de Alejandra Acosta y OESTE: Calle Cuji, que es su frente. Dichas bienhechurias consisten en tres habitaciones, construida con paredes de bloques de cemento, piso de cemento y techo de zinc entre sus características principales. El valor invertido es la cantidad de TRES MILLONES DE BOLÍVARES (BS. 3.000.000), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana ODILIS JOSEFINA GARCÍA PINTO, ya identificada, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA