REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiocho de septiembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP02-L-2006-000845




SENTENCIA


Vista la diligencia que cursa al folio 10 del expediente, contentiva del desistimiento hecho por el demandante ciudadano RENNY JOSE CUMANA DIAZ, identificado en autos, asistido por el abogado JAVIER JOSE MENDOZA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el nº 107.231 y de este domicilio, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil aplicable analógicamente conforme al dispositivo del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo HOMOLOGA dicho desistimiento con autoridad de cosa juzgada, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo judicial del expediente.
El Juez,


Nohel J. Alzolay
La Secretaria,

Maribi Yanez N.

En la fecha ut supra siendo las nueve y quince minutos de la mañana se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
La Secretaria,

Maribi Yanez N.