REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de septiembre de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO: BP02-S-2006-000239
Visto el contenido de la diligencia de fecha veintiocho (28) de julio de dos mil seis (2006), suscrita por la ciudadana GIRBELIA DEL VALLE RENGEL SILVA, parte actora en el presente asunto, mediante la cual desisten de la presente demanda por Calificación de Despido, interpuesto contra la Secretaria de Puertos del Gobiernos del Estados Anzoátegui, S.A, en consecuencia; este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO HECHO POR EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA. Asimismo, da por terminado el presente procedimiento y acuerda el archivo Judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Cúmplase.-
El Juez,
Abg. Leonardo Blanco Pérez.
La Secretaria
Abg. Isolina Vásquez.
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente. Conste.-
La Secretaria
Abg. Isolina Vásquez.
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LBP/IV/ycm