REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticinco de septiembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BH06-X-2006-000206
Admitida como ha sido la presente Demanda de DIVORCIO, incoada por el ciudadano ANTONIO JOSE CARMONA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.291.087, domiciliado en Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio ORLANDO JESUS LANDAETA B, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nª 100.235, contra de la ciudadana MILAGROS MELISSA CARABALLO MARTINEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nª 16.843.823, domiciliada en Playa Grande, Parroquia Santa Catalina Municipio Bermúdez del Estado Sucre; en donde se encuentra involucrado los niños ANTHONY JOSE y FRANCHESCA MONSERRAT CARMONA CARABALLO, de cinco (05) y un (01) años de edad respectivamente, de conformidad con la Ley se ABRE el presente Cuaderno de Medidas que formará parte del expediente Nº BP02-V-2006-001425. En consecuencia, este Tribunal acuerda de conformidad con el Articulo 351 encabezamiento de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el Articulo 466, ejusdem y en interés superior del adolescente contenido en el Articulo 8 el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de decisiones a niños y adolescentes, en concordancia con el Articulo 30 que prevee el derecho de todo niño y adolescente a un nivel de vida adecuado, acuerda Decretar Provisionalmente las siguientes medidas:PRIMERO: Que la madre siga detentando provisionalmente la Guarda y Custodia de los niños ANTHONY JOSE y FRANCHESCA MONSERRAT CARMONA CARABALLO, de cinco (05) y un (01) años de edad respectivamente. SEGUNDO: La Patria Potestad conforme al Articulo 349 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, será ejercida por ambos progenitores ciudadanos ANTONIO JOSE CARMONA y MILAGROS MELISSA CARABALLO MARTINEZ. TERCERO: El Tribunal hasta fijar Sentencia definitiva fija con carácter Provisional un Régimen de Visitas en donde el padre podrá visitar a su hijo los fines de semana, los Carnavales con la madre y la semana Santa con el padre, la mitad de las vacaciones de Diciembre, Navidad con la madre, año nuevo con el padre y el año siguiente en forma alterna. El cumpleaños y Día de la Madre con la Madre. El cumpleaños y Día del Padre con el padre y la mitad de las Vacaciones Escolares, comenzando con el padre ciudadano ANTONIO JOSE CARMONA.- CUARTO: En cuanto a la Obligación Alimentaría y visto lo expuesto por la Demandante este Tribunal acuerda que el ciudadano ANTONIO JOSE CARMONA, suministre la cantidad de CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.400.000,oo) mensuales. Asimismo la misma cantidad adicional a la pensión en los meses de Septiembre y Diciembre. QUINTO: Se ordena Sendos Informes Sociales en los hogares de los ciudadanos ANTONIO JOSE CARMONA y MILAGROS MELISSA CARABALLO MARTINEZ, comisionándose suficientemente a la Trabajadora Social adscrita al Equipo Multidisciplinario de este Tribunal. Librese Oficio.
LA JUEZ UNIPERSONAL Nº 02
DRA. ANA JACINTA DURAN
LA SECRETARIA
ABOG. MELISSA AZOCAR
AJD/ ca