REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiseis de septiembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP02-V-2005-001068
Definitivamente firme como ha quedado la anterior Sentencia de DIVORCIO, propuesto por los ciudadanos, CARLOS ENRIQUE PADILLA y ANA DEL VALLE BELLO ORTEGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.416.981 y 14.317.055, respectivamente, dictada por este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº. 02, procédase a su ejecución. A los efectos de los Artículos 475 y 507 del Código Civil, expídase copia certificada de la Sentencia con inserción del presente auto y remítase con oficio una de ellas al Prefecto de la Prefectura del Sotillo del Estado Anzoátegui y otra al ciudadano Registrador Principal del Estado Anzoátegui Certifíquense por Secretaria dichas copias de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del código Civil. Asimismo, se ordena el cierre del presente expediente y se ordena su remisión al archivo Judicial.--
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL Nº. 02
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior, se cumplió todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
ADJ/Mary C.