REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintinueve de septiembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP02-V-2006-001641

Por recibida la presente solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, presentada por la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, Abogada FABIOLA QUINTANA FERNANDEZ, actuando en representación de la adolescente XXXXXXXXXXXXX, hija de los ciudadanos JOSE LUIS MENDEZ y KARELIS DEL CARMEN DIAZ MARIN, junto con los recaudos que en ella se mencionan.- Désele entrada y anótese en los libros respectivos.- Esta Sala de Juicio la admite cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Cuarto literal “F”. Cúmplase.-
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL. SALA Nº 01


ABOG. SANTA SUSANA FIGUERA



LA SECRETARIA. ACC


ABOG. EVELYN LOPEZ