REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno (21) de septiembre de dos mil seis (2006)
196º y 147º
EXPEDIENTE: BP02-S-2006-004097
DEMANDANTE: LEIDYS DEL VALLE ORTEGA GONZALEZ
DEMANDADA: ECOTINTAS, C.A.
En el día hábil de hoy, veintiuno (21) de septiembre de dos mil seis, siendo las 11:00 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar por ante este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, la audiencia preliminar en la presente causa, contentiva del juicio por calificación de despido, incoado por la ciudadana LEIDYS DEL VALLE ORTEGA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.318.807, contra la empresa ECOTINTAS, C.A. Se anunció el acto a las puertas del Tribunal conforme a la Ley, compareciendo a la presente audiencia el abogado en ejercicio YAMIL JOSE HENICH HENICH, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 103.894, apoderado judicial de la demandada, carácter que se evidencia de instrumento poder que en copia simple consigna y presenta su original a efectos de vista, de la cual se deja constancia que es traslado fiel y exacto de ese original. Y siendo que la parte actora no compareció al presente acto ni por sí ni por medio de apoderado alguno, este Tribunal en nombre de la República y por autoridad de la ley declara DESISTIDO Y TERMINADO el procedimiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de esta decisión.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Barcelona a los veintiún (21) días del mes de septiembre de dos mil seis (2006).- Siendo las 11:24 de la mañana se cierra este acto. Se hacen dos ejemplares de esta acta, uno para el expediente y otro destinado al copiador de audiencias llevado por este Juzgado. Es todo., terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza Temporal,
Abg. Analy Silvera
El apoderado de la demandada,
Abg. Yamil José Henchí Henich
La Secretaria,
Abg. Evelin Lara García.
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