REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 18 de Abril de 2007
196º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2007-000100
ASUNTO : BP01-P-2007-000100
Visto el escrito presentado por el ciudadano EMILIO ALEXANDER ARIAS DAZA, titular de la Cédula de Identidad N° 6.122.691, donde solicita a este Tribunal, la ENTREGA MATERIAL DEL VEHÍCULO con las siguientes características: Marca: FABRICACIÓN NACIONAL, Modelo: LAVAL, Año: 1972, Color: BLANCO Y MULTICOLOR, Clase: REMOLQUE, Tipo: CAVA, Uso: CARGA, Placas: 187GBL, Serial de Carrocería: 27161 y Serial de Motor: NO PORTA.
Este Tribunal Primero de Control antes de decidir, observa:
PRIMERO: Revisadas todas y cada una de las actuaciones que conforman el presunto asunto, se observa que consta en autos CERTIFICADO DE REGISTRO DE VEHÍCULO signado con el N° 3911989 a nombre de la Empresa Mercantil ARREND SERV REFRIGRERADOS C.A., emanado del Servicio Autónomo de Transporte y Transito Terrestre, lo que se traduce en ARRENDADORA DE SERVICIOS REFRIGERADOS COMPAÑÍA ANONIMA (TRANSPORTE ASERSA, C.A.); igualmente consta en autos el Registro Mercantil de la Empresa Mercantil ARREND SERV REFRIGRERADOS C.A., lo que se traduce en ARRENDADORA DE SERVICIOS REFRIGERADOS COMPAÑÍA ANONIMA (TRANSPORTE ASERSA, C.A.), debidamente Registrada por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, anotado bajo el N° 67, tomo: 02-A, de fecha 26 de Enero de 2004; existe Instrumento Poder otorgado por DOMINGO SPADARO SFAMENI, en su carácter de Gerente General de la Sociedad Mercantil ARREND SERV REFRIGRERADOS C.A., lo que se traduce en ARRENDADORA DE SERVICIOS REFRIGERADOS COMPAÑÍA ANONIMA (TRANSPORTE ASERSA, C.A.), debidamente autenticado por ante la Notaria Pública Tercera de Maracay . Estado Aragua, anotado bajo el N° 21, Tomo 209 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaria.
SEGUNDO: Corre inserto en Autos Factura N° 2102 donde se evidencia que la Empresa TRANSPORTE DE ALIMENTOS REFRIGERADOS C.A. TARCA le vendió TRANSPORTE ASERSA, C.A., Una Cava Marca: FABRICACIÓN NACIONAL, Modelo: LAVAL, Año: 1972, Color: PLATA Y AZUL, Placas: 187GBL, Serial de Carrocería: 27161; la mencionada Compra-Venta quedo debidamente autenticado por ante la Notaria Pública Sexta de Valencia – Estado Carabobo, anotado bajo el N° 54, Tomo 06 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaria.
TERCERO: Resultado de la Experticia de Reconocimiento Legal suscrita por el experto WILLIAMS ROMERO, adscrito al departamento de vehículo del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas de las Sub-Delegación Barcelona, Estado Anzoátegui, practicada a un vehículo cuyas características son las siguientes: Marca: FABRICACIÓN NACIONAL, Modelo: LAVAL, Año: 1972, Color: BLANCO Y MULTICOLOR, Clase: REMOLQUE, Tipo: CAVA, Uso: CARGA, Placas: 187GBL, Serial de Carrocería: 27161 y Serial de Motor: NO PORTA; mediante la cual concluye que: 1.- El Serial de Carrocería se encuentra Desincorporado; 2.- La Unidad en estudio se encuentra en regular estado de uso y conservación. Una vez verificada por ante el Sistema de Información Policial, se dejo constancia de que no presenta solicitud alguna.
En consecuencia, este Órgano Jurisdiccional observa que el vehículo descrito con anterioridad no presenta o existe otra persona invocando el Derecho de Propiedad del mismo, y a los fines de no vulnerar dicho Derecho Constitucional, se acuerda la entrega bajo Guarda y Custodia al ciudadano EMILIO ALEXANDER ARIAS DAZA, en su condición de Apoderado del ciudadano DOMINGO SPADARO SFAMENI, en su carácter de Gerente General de la Sociedad Mercantil ARREND SERV REFRIGRERADOS C.A., quedando dicha entrega condicionada a no vender, traspasar, ni ceder dicho vehículo, así como tampoco realizar cualquier otra operación de índole civil ni mercantil; debiendo colocarlo a disposición de éste Tribunal las veces que sea requerido.
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara Con Lugar la solicitud presentada por el ciudadano EMILIO ALEXANDER ARIAS DAZA, titular de la Cédula de Identidad N° 6.122.691, en su condición de Apoderado del ciudadano DOMINGO SPADARO SFAMENI, en su carácter de Gerente General de la Sociedad Mercantil ARREND SERV REFRIGRERADOS C.A.; de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, se acuerda la ENTREGA MATERIAL del vehículo cuyas características son las siguientes: Marca: FABRICACIÓN NACIONAL, Modelo: LAVAL, Año: 1972, Color: BLANCO Y MULTICOLOR, Clase: REMOLQUE, Tipo: CAVA, Uso: CARGA, Placas: 187GBL, Serial de Carrocería: 27161 y Serial de Motor: NO PORTA; bajo Guarda y Custodia. SEGUNDO: Remítase oficio al Encargado del Estacionamiento donde se encuentra el vehículo, a los fines que le sea entregado al solicitante antes identificado. TERCERO: Devuélvanse los documentos originales al solicitante, debiéndose certificar por secretaría las copias respectivas y corregir la foliatura del expediente. CUARTO: Remítase el presente asunto a la Fiscalía del Ministerio Público de este Estado a los fines legales pertinentes. Regístrese. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
EL JUEZ DE CONTROL No. 01
Dr. SALIM ABOUD NASSER
LA SECRETARIA
Abg. ANA LUCILA ACOSTA