REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 21 de Abril de 2007
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2007-001525
ASUNTO : BP01-P-2007-001525
Visto el escrito presentado por el Dr. JOSE LUIS RUSSIAN FLORES, en su condición de Fiscal Segundo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual coloca a la orden de este Tribunal de Control N° 07, en calidad de detenido al ciudadano: LUIS ERNESTO TORREALBA PEREZ, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, solicitando se le decrete al mismo LIBERTA PLENA. Y Oído como fue el imputado en la Audiencia de Presentación celebrada a estos fines, en la sede de este Tribunal, y debidamente asistido por su Defensor Privado, Dra. EGLYS LOZADA RANGEL, este Tribunal Séptimo de Control, antes de decidir lo solicitado por la Representación Fiscal, observa:
PRIMERO: Por cuanto observa este Tribunal no encontrándose llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal y con fundamento a los principios del debido proceso, afirmación de libertad y presunción de inocencia contenidos en los artículos 49 y 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ratificados en los artículos 1, 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal considera procedente decretar la LIBERTAD PLENA del imputado LUIS ERNESTO TORREALBA PEREZ. SEGUNDO:. Líbrese oficio a la Policía del Estado Anzoátegui, participando sobre la libertad acordada al imputado antes referido. TERCERO: En lo que respecta la solicitud interpuesta por la Representación Fiscal en relación a que el referido ciudadano sea excluido del sistema de Información Policial, este Tribunal se pronunciara por auto separado una vez que l la vindicta Pública consigne el físico de la causa a que hace referencia en su escrito de solicitud. Quedan las partes debidamente notificadas de la presente decisión, de conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.
RESOLUCIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA a favor del imputado: LUIS ERNESTO TORREALBA PEREZ, titular de la Cédula de Identidad N° 12.255.689, nacida en fecha 05-01-73, natural de Aragua de Barcelona, Estado Anzoátegui, de 34 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, hijo de los ciudadanos: MAMERTO TORREALBA (V) y PETRA PEREZ, residenciada en: CALLE EL ESTERO, N° 08, BARRIO COREA BARCELONA, ESTADO ANZOATEGUI, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal Estado Anzoátegui, en virtud de no encontrarse llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, con fundamento a los principios del debido proceso, afirmación de libertad y presunción de inocencia contenidos en los artículos 49 y 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ratificados en los artículos 1, 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal Líbrese el oficio correspondiente. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL N° 07 DE GUARDIA,
DR. NELSON ANTONIO MEJIAS RODRIGUEZ
LA SECRETARIA DE GUARDIA,
ABG. MARIA ALEJANDRA NERI
NMR/griselda