REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de abril de dos mil siete
196º y 148º
ASUNTO : BP02-V-2006-001445
Visto el anterior escrito de Convenimiento, presentado en fecha 12 de abril de 2007, por el abogado PEDRO LUIS PEREZ BURELLI, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.942, actuando en su carácter de apoderado judicial del BANCO MERCANTIL BANCO UNIVERSAL, C.A., parte demandante en la presente causa y visto el escrito de fecha 13 de marzo del año 2.007, suscrita por la ciudadana JESUSITA RAMIREZ LAREZ, identificada en autos, debidamente asistida por el abogado LEONARDO MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 111.799, parte demandada en el presente juicio; el Tribunal, por cuanto la solicitud formulada no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO suscrito por el demandante y por la demandada en su escrito de fecha 13-03-07, en los mismos términos y condiciones establecidos en el señalado escrito.- Asimismo se suspende la presente causa por un lapso de sesenta (60) días continuos contados a partir de la presente fecha.- Cúmplase.-
El Juez Suplente Especial,
Abog. Pedro Rafael Mejía
La Secretaria.,
Abg. Doris Rojas de Nadales.-
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