REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, doce de abril de dos mil siete
196º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-V-2006-000336

Visto el auto que antecede de fecha once de abril de dos mil siete, mediante el cual este Tribunal consideró valida la citación presunta de la parte demandada de autos, es decir de la empresa PROYECTOS Y CARRETERAS DE ORIENTE C.A. (PROCDORCA), en virtud de la actuación realizada en la presente causa por su co apoderado judicial, abogado ELIS ZAMORA, en fecha diecisiete de enero del presente año dos mil siete; y de igual manera observándose el cómputo que antecede, éste Tribunal considera necesario pronunciarse sobre la admisión de las pruebas promovidas en la presente causa, y observa que el lapso de promoción de pruebas comenzó el día 22 de febrero de 2007, y terminó o precluyó el día 19 de marzo de 2007, y habiendo presentado la parte demandante su escrito de promoción de pruebas en fecha 23 de marzo de 2.007, es de concluir que dicha promoción es extemporánea por tardía, por lo que el Tribunal NIEGA la admisión de las pruebas promovidas por la parte actora, y así se decide.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA.
LA SECRETARIA,

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA