REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintitrés de abril de dos mil siete
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2007-001261
Vista la solicitud presentada por la ciudadana HEIDE JOHANA MORENO CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.323.921, domiciliada en la Avenida 7, casa N° 209 del Sector San Miguel III de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomento a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la misma dirección, sobre un lote de terreno propiedad municipal, que mide: SEISCIENTOS VEINTITRES METROS CON TREINTA Y OCHO CENTIMETROS CUADRADOS (623,38 mts2) cuyos linderos particulares son los siguiente: NORTE: con Avenida 7, que es su frente; SUR: casa que es o fue de Carmen Cordero; ESTE: casa que es o fue de de Tello Calvo y OESTE: con terreno municipal. Dichas bienhechurías consisten en una vivienda construidas con paredes de bloque de cemento, piso de cerámica y cemento rustico y techo de zinc y acerolit, entre sus características principales, distribuidas internamente de forma siguiente: tres (3) habitaciones, un (1) baño, una (1) sala, un (1) comedor y una (1) cocina. El valor invertido es la cantidad de DIEZ MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 10.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana HEIDE JOHANA MORENO CONTRERAS, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA
Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA