REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veinticinco de abril de dos mil siete
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2007-001197
Vista la solicitud presentada por el ciudadano ARGENIS COROMOTO MAITA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.968.853, y de este domicilio, debidamente asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, sobre una parcela de terreno que mide Doscientos dieciséis metros cuadrados (216mts2), ubicada en el Callejón Las Camelias, sector El Paraíso I, casa s/n de esta ciudad de El Tigre Estado Anzoátegui.- Alinderados de la siguiente manera NORTE: Casa que es o fue de la ciudadana Leonor Sepúlveda Coronado.- SUR: Casa que es o fue de la ciudadana Carmen Chauran.- ESTE: calle las Flores que es su frente y OESTE: Que es su fondo.- Dichas bienhechurias consta de techo de zinc, piso de cemento, paredes de bloque, un cocina, tres habitaciones con sus respectivos baños.- El valor invertido es la cantidad de OCHO MILLONES DE BOLIVARES (Bs.8.000.000,oo), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos, CARMEN AURORA MONTALBAN y LUIS MARCANO, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano ARGENIS COROMOTO MAITA ya identificado, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA

Se devuelve original con sus resultas a la parte interesada constante de siete (7) folios útiles.- Conste.-
LA SECRETARIA

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA