REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintiséis de abril de dos mil siete
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2007-001095
Vista la solicitud presentada por la ciudadana MARIA AGUILERA DE ZAMORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.300.337, de este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomento a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la Calle Mariño, N° 14, Sector La Charneca de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno propiedad municipal, el cual mide: DOSCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (250,00 Mts2). Cuyos Linderos particulares son los siguientes: NORTE: Calle Mariño, que es su frente; SUR: Fondo de la Sra. Antonia González de León; ESTE: parcela de la Sra. Lérida Barroso y OESTE: casa de la Sra. Pastora Flores. Dichas bienhechurias consisten en una vivienda conformada por: tres (3) habitaciones, una (1) sala-comedor, una (1) cocina, un (1) corredor trasero, un (1) lavandero y dos (2) baños. El valor invertido es la cantidad de SIETE MILLONES DE BOLÍVARES (BS. 7.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana MARIA AGUILERA DE ZAMORA, ya identificada, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA

Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA