REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, doce de abril de dos mil siete
196º y 148º
ASUNTO: BP12-S-2007-000415
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por los ciudadanos NANCY COROMOTO GUTIERREZ MAITA y CARLOS JOSE PALMA ALMEIDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs. 10.944.062 y 8.477.578, domiciliados en el Sector Las Malvinas II, Calle San José, casa Nº 193, de El Tigrito, Municipio San José de Guanipa del Estado Anzoátegui, asistidos por el abogado Freddy Patete Barrolleta, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 17.786, donde peticionan se len conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentaron a expensas propias con dinero de su propio peculio, enclavadas en un terreno propiedad Municipal, ubicadas en Sector Las Malvinas II, Calle San José, casa Nº 193, de El Tigrito, Municipio San José de Guanipa del Estado Anzoátegui, que tiene aproximadamente una superficie de TRESCIENTOS DIECISIETE METROS CON DIEZ CENTIMETROS CUADRADOS (317,10 mts2), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Casa que es o fue de Lisbeth Gutiérrez; SUR: Casa que es o fue de David Biscochea; ESTE Con la Calle San José, que es su frente y signada con el Nº 193; y OESTE: Con casa que es o fue de Alcides Velásquez.- Dichas bienhechurias consisten en una construcción de paredes de bloques, techo de zinc, piso de cemento y sala de baño en su interior.- El valor invertido es por la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 5.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ARMANDO JOSE FERMIN y ELIZABETH DEL VALLE CARREÑO DE MALAVE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 3.732.843 y 4.916.764, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejercen los ciudadanos NANCY COROMOTO GUTIERREZ MAITA y CARLOS JOSE PALMA ALMEIDA, plenamente identificados, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL,
Abg. KARELLIS C. ROJAS TORRES
LA SECRETARIA,
LAURA PARDO DE VELASQUEZ