REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciocho de abril de dos mil siete
196º y 148º
ASUNTO : BP02-S-2007-001931
SENTENCIA
Vista la TRANSACCION suscrita por el abogado DANIEL PEÑA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el n° 103.750, en su carácter de apoderado de DIVISION DE SEGURIDAD INDUSTRIAL (DISEINCA), quien tiene facultades para transigir según consta del poder que cursa en autos, por una parte; y por la otra, FRANCISCO CARABALLO, portador de la cédula de identidad nº V 12.298.545 y de este domicilio, asistido por el abogada GABRIELA RINCONES, inscrita en el INPREABOGADO bajo el nº 80.982, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 11 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y se da por terminado este juicio y de ordena el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los dieciocho (18) días del mes de abril de dos mil siete.
El Juez,
Abog. Nohel Alzolay
La Secretaria,
Abg. Lourdes Romero
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión, siendo las doce y dieciocho minutos de la tarde. Conste.
La Secretaria,
Abg. Lourdes Romero
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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