REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de abril de dos mil siete
196º y 148º

ASUNTO: BP02-L-2007-000003
PARTE ACTORA: CESAR EDUARDO CEDEÑO AVILA, titular de la cédula de identidad No. 14.828.464.
ABOGADOS DE LA PARTE ACTORA: SANDINO DUARTE y YOLIMAR MAITA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 106.378 y 100.215.
EMPRESA DEMANDADA: “SERENOS RESPONSABLES SERECA, C.A.”
ABOGADA DE LA DEMANDADA: OLGA PEREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 111.685.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, trece (13) de abril de 2007, siendo las dos (02:00 p.m.) de la tarde, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES; se deja expresa constancia de que comparecen por la demandada por la demandada “SERENOS RESPONSABLES SERECA, C.A.”, la abogada OLGA PEREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 111.685, así mismo, se deja constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 148° y 196°.
El Juez

Abg. Sergio Millan Charles
La Secretaria

Abg. Lourdes Romero
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 02:24 p.m. Conste.
La Secretaria

Abg. Lourdes Romero

“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”