REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, 10 de Abril de dos mil seis
196º y 148º

ASUNTO: BP02-S-2006-005990
PARTE ACTORA: FRANCISCO JOSE SILVA CEDEÑO, venezolano, titular de la cédula de identidad número 8.231.287.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO SE PRESENTÓ.
EMPRESA DEMANDADA: AVICOLA LA GUASIMA, C. A.
APODERADOS DE LA DEMANDADA: NO SE PRESENTO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES..

Hoy, diez (10) de Abril de 2007, siendo las once (11:00 a.m.) de la mañana, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES; se deja expresa constancia de que tanto la parte actora, como la parte demandada no comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 148 ° y 196°.
El Juez

Abg. LEONARDO BLANCO PEREZ
La Secretaria

Abg. ISOLINA VASQUEZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 11: 35 a.m. Conste.
La Secretaria

Abg. ISOLINA VASQUEZ




“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”