REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiocho (28) de marzo de dos mil siete (2007)
196º y 148º
ASUNTO: BH07-S-2005-000013
Visto el contenido de la diligencia de fecha siete (07) de febrero de dos mil seis (2006), suscrita por el ciudadano ALEXANDER QUINTANA, titular de la cédula de identidad N° 12.014.553, debidamente asistido por la abogada en ejercicio, ODALYS GARCIA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 87.045, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en el presente asunto, mediante la cual DESISTEN de la demanda por CALIFICIACIÓN DE DESPIDO, interpuesta en contra la empresa TALLER INSDUSTRIAL PROGRESI (TIPROCA), en consecuencia; este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO HECHO POR LA PARTE ACTORA. Asimismo, da por terminado el presente procedimiento y acuerda el archivo Judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Cúmplase.-
El Juez,
Abg. Leonardo Blanco Pérez.
La Secretaria
Abg. Isolina Vásquez Salazar.
En esta misma fecha, se dictó y publicó la anterior sentencia, siendo las doce y quince minutos (12:15) p.m. de la tarde.- Conste.-
La Secretaria
Abg. Isolina Vásquez Salazar.
LBP/IV
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”