REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece (13) de abril de dos mil siete (2007)
196º y 148º
ASUNTO: BP02-L-2005-000894
Visto el escrito de Transacción Laboral presentado en fecha once (11) de abril de dos mil siete (2007), por la ciudadana YAVEY FLORES, titular de la cédula de identidad N° 16.571.295, debidamente asistido en este acto por el Abogado en Ejercicio, WARNER BARROYETA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número: 103.739, en su carácter de parte actora en el presente juicio, y la Abogada en ejercicio, YARISMA LOZADA, en su carácter de Apoderada Judicial de la empresa PRIDE INTERNACIONAL, C.A., identificada en autos, parte demandada en el presente juicio, contentivo de escrito Transacción; en consecuencia, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la referida TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 10 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y así se decide. Asimismo se da por terminado y se ordena el archivo judicial del expediente. Igualmente se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas y de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada, trece (13) de abril de dos mil siete (2007) y así se decide.-
EL JUEZ,
ABG. LEONARDO BLANCO PÉREZ.
LA SECRETARIA,
ABG. ISOLINA VÁSQUEZ SALAZAR
Nota: En la misma fecha se dictó y publicó la decisión anterior, siendo las once y veinte minutos (11:20 a.m.) de la mañana. Conste.-
LA SECRETARIA,
ABG. ISOLINA VÁSQUEZ SALAZAR
LBP/IV
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”