REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticinco (25) de abril de dos mil siete (2007)
197º y 148º
ASUNTO: BP02-S-2007-000677
Visto el contenido de la diligencia de fecha veintitrés (23) de abril de dos mil siete (2007), suscrita por el ciudadano GERMAN GASCON GUTIERREZ TOUSSEINT, debidamente asistido por los ciudadano: SANDITO DUARTE Y YOLIMAR MAITA, abogados en ejercicio, titulares de las cédulas de identidad Nros: 8.315.393 y 11.422.117 e inscritos en el INPREABOGADO bajo los N° 106.378 y 100.215, respectivamente, en su carácter de parte actora en el presente asunto, mediante la cual DESISTE de la demanda por CALIFICACION DE DESPIDO, interpuesta en contra la empresa AISLAMIENTOS Y POLIURETANO, C.A. (AISPOL, C.A.), en consecuencia; este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO HECHO POR LA PARTE ACTORA. Asimismo, da por terminado el presente procedimiento y acuerda el archivo Judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Cúmplase.-
El Juez,

Abg. Leonardo Blanco Pérez.
La Secretaria

Abg. Isolina Vásquez Salazar.
En esta misma fecha, se dictó y publicó la anterior sentencia, siendo las once y cinco minutos (11:05 .a.m.) de la mañana.- Conste.-
La Secretaria

Abg. Isolina Vásquez Salazar.
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LBP/IV


“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”