REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, tres de abril de dos mil siete
196º y 148º

ASUNTO: BP02-S-2007-001686

Por recibida la Solicitud de CARGA FAMILIAR, propuesta por la ciudadana ROSSANA NATSLY HERNANDEZ INFANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.901.024, de este domicilio, en representación de su hijo el niño (Se omite el (los) nombre (s) de conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente), debidamente asistida por el Abogado JESUS EFRAIN CARVAJAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 100.879. En consecuencia désele entrada y admítase. Tómese la declaración a los testigos que presentare la interesada, así mismo se acuerda notificar a la Fiscal Undécima del Ministerio Público de este estado.- Líbrese Boleta de Notificación.-
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL. SALA N° 01,


ABOG. SANTA SUSANA FIGUERA.




LA SECRETARIA. ACC

ABOG. MARY CARMEN BATISTA