REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta de abril de dos mil siete
197º y 148º
ASUNTO: BP02-S-2007-002101
Por recibida la anterior solicitud de DISPOSICION DE BIENES, relacionada con la niña XXXXXXXXXXXX, herederos del ciudadano JOSE BENJAMIN APARICIO SALAS, cedulado bajo el N° V- 10.298.170, propuesto por la ciudadana MARIA ELENA GONZALEZ, Abogada del Consorcio Maecavenca Mecor Mantesa, junto con los recaudos que en ella se mencionan, todo constante de un (01) folio útil, y dieciocho (18) anexos, inclusive de Un (01) Cheques de Gerencia N°. 04644010, por la suma de UN MILLON SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTIUNO CON 00/100 CTMS, (Bs.1.678.821,00), con la cual se ordena la apertura de la cuenta de Ahorro, en el Banco Banfoandes, Agencia Barcelona, a nombre de la ciudadana YEBETHSYS LABARCA, titular de la cédula de identidad N° 11.415.62, madre de la niña XXXXXXXXXXXX, la cuales no podrán ser movilizadas total o parcialmente sin la previa autorización del Tribunal. Notifíquese a la ciudadana YEBETHSY DEL VALLE LABARCA, de la consignación de bienes a favor de su hija la niña XXXXXXXXXXXX. Así mismo se acuerda notificar a la Fiscal del inicio del presente procedimiento.- Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL. N° 01.

Dra. SANTA SUSANA FIGUERA

LA SECRETARIA,


Abg. ORLYMAR CARREÑO