REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve de Abril de dos mil siete.
196º y 148º
ASUNTO: BP02-S-2006-005058.
Vista la diligencia inserta al folio sesenta y seis (66) del presente expediente, suscrita por la ciudadana CARMEN AMPARO SOLORZANO, debidamente asistida por el abogado en ejercicio ERNESTO MEJIAS, plenamente identificados en autos, actuando en su carácter de madre y representante legal de la adolescente y niño xxxxxxxxxxxxx, identificados en autos, el contenido de la misma, y vista igualmente la OPINION FAVORABLE de la Dra. Carmen Alviarez, en su condición de Fiscal Decimoquinto del Ministerio Publica del Estado Anzoátegui, inserta al folio setenta y cuatro (74); en consecuencia éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, Estado Anzoátegui, FIJA COMO MESADA ALIMENTICIA, para la adolescente y niño xxxxxxxxxxx, identificados en autos, la suma de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs.300.000,oo), la cual será retirada por la ciudadana CARMEN AMPARO SOLORZANO, plenamente identificada en autos, de la cuenta de ahorros signada con el N° 0007-0088-62-0010005495, llevada por éste Tribunal en el Banco Banfoandes, agencia Barcelona, a nombre de la adolescente y niño ya mencionados, y la misma empezará a regir a partir del presente mes de Abril de 2007, igualmente se fija esa misma cantidad adicional en los meses de Septiembre y Diciembre, para cubrir gastos de útiles escolares y época decembrina.
LA JUEZ UNIPERSONAL N° 02.
Dra. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior, se dio cumplimiento a lo acordado en él. Conste.
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
AJD/ZG.
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