REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
El Tigre, Dieciocho (18) de Abril de dos mil siete (2007)
195º y 148º
ASUNTO: BH14-L-2000-000005
PARTE ACTORA: JOSE LUIS LOPEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 8.479.111.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: EUDYS ALFREDO LA ROSA SOTILLO y BARBARA MARIA GUZMAN RIVERA, Abogados en Ejercicio y de este Domicilio e inscritos en el IPSA bajo los Nros. 20.421 y 76.892, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: FUNDOS LOS BOTALONES.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
Visto el escrito presentado en fecha 17 de ABRIL de 2007, por el ciudadano EUDYS ALFREDO LA ROSA SOTILLO, Abogado en ejercicio, e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 20.421, en su condición de Coapoderado Judicial de la parte Actora, ciudadano JOSE LUIS LOPEZ; en la presente Demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, seguido contra la empresa FUNDOS LOS BOTALONES; donde formalmente desiste tanto del procedimiento como de la presente acción; viable el presente Desistimiento por cuanto en la presenta Causa no ha habido Contestación de la Demanda, lo que no amerita consentimiento de la Parte Demandada y por cuanto el Apoderado Judicial que Desiste se encuentra facultado para ello, tal como se evidencia de instrumento poder cursante al folio seis (06) y siete (07) del expediente; por lo que, a juicio de quien hoy Decide, lo solicitado no es contrario a derecho y el desistimiento no versa sobre materias en las cuales este prohibida; este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN al Desistimiento ocurrido en los términos en que ha sido planteado por el ciudadano JOSE LUIS LOPEZ en la persona de su Apoderado Judicial, Abogado EUDYS ALFREDO LA ROSA SOTILLO, de la Acción y del Procedimiento, incoada contra la empresa FUNDOS LOS BOTALONES; otorgándole a la misma LOS EFECTOS DE COSA JUZGADA y da por terminado el presente juicio, conforme a lo dispuesto en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del Artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese, déjese copia certificada y archívese el expediente. Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Anzoátegui, a los dieciocho (18) días del mes de Abril de dos mil siete (2007). Años: 195º de la Independencia y 148º de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL.
Abg. MERCEDES SANCHEZ R.
LA SECRETARIA
Abg. MAYERDITH HERNANDEZ.
En esta misma fecha de hoy, se cumplió con lo ordenado, se registró el auto en el copiador respectivo.
La Secretaria
Abg. MAYERDITH HERNANDEZ
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