REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
El Tigre, veintiséis (26) de Abril de dos mil siete (2007)
196º y 148º
ASUNTO: BH14-L-2004-000017
PARTE ACTORA: LINA VICTORINA HERBERT BAILEY, Venezolana, mayor de edad, de profesión Abogado, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 14.566, y titular de la Cédula de Identidad Nº 3.239.502.
PARTE DEMANDADA: EDGAR JOSE DURAN PIRELA, venezolano, mayor de edad, domiciliado en el Sector 24 de Julio, Calle 2, Nº 58, Anaco del Estado Anzoátegui y titular de la Cedula de Identidad Nº 3.384.716.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ALIRIO RAFAEL ROSAS CAMEJO, FELIX ERNESTO ROSALES BARRIOS, JAEBES ROBERT CAMPOS MEDINA y LUIS ALBERTO ACOSTA OSUNA, Abogados en Ejercicio, domiciliados en la ciudad de Anaco del Estado Anzoátegui, inscritos en el IPSA bajo los Nros. 103.862, 103.863, 103.850 y 109.097, respectivamente.
MOTIVO: INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES.
ACTA DE NOMBRAMIENTO DE JUECES RETASADORES
En el día de hoy, jueves veintiséis (26) de Abril del dos mil siete (2007), siendo las diez horas de la mañana (10:00a.m.), día y hora fijado por este Tribunal, a los fines del nombramiento de jueces retasadores en la presente Causa, anunciado el acto a las puertas del Tribunal, se hizo presente: la ciudadana LINA VICTORINA HERBERT BAILEY, Venezolana, mayor de edad, de profesión Abogado, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 14.566, y titular de la Cédula de Identidad Nº 3.239.502, en su condición de Parte Intimante, quien presentó su postulación, y a tal efecto, compareció la ciudadana NILDA MOTA, Abogada en Ejercicio y de este domicilio e inscrita en el IPSA bajo el Nº 41.890. Dejándose expresa constancia que la parte Intimada, ciudadano EDGAR JOSE DURAN PIRELA, no compareció ante la sede de este Tribunal ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno. Así las cosas, el Tribunal antes de pronunciarse observa que en fecha de ayer, 25 de Abril del 2007, la representación judicial de la parte Intimada solicitó prórroga, por cuanto según señala, “se le había hecho imposible localizar un profesional idóneo para postularlo”, el Tribunal considera, que era carga procesal del Intimado comparecer al Acto fijado por este Tribunal, y de no haber postulación de profesional alguno, por parte de las partes, el Tribunal hubiera procedido a designarlo. No puede pretender la representación judicial del Intimado, establecer las pautas del presente proceso, y en todo caso, aún solicitando la prórroga, debió estar presente en el acto de nombramiento de los jueces retasadores, o estar a la espera de pronunciamiento con respecto a su solicitud, pero nunca dejar de comparecer al acto por lo que, se declara DESISTIDO el Acto y en consecuencia DESISTIDO el derecho de Retasa ejercido. Y así se decide.-
LA JUEZ TEMPORAL,
Abg. MERCEDES SANCHEZ RODRIGUEZ.
LA PARTE INTIMANTE Y SU ABOGADO POSTULADO,
LA SECRETARIA,
Abg. MAYERDITH HERNANDEZ.
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