REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos (02) de abril de dos mil siete (2007)
196º y 148º

EXPEDIENTE: BP02-L-2006-001109
DEMANDANTE: FRANCISCO JOSE CHIQUE
DEMANDADA: METAL CINCO, C.A.

En el día hábil de hoy, dos (02) de abril de dos mil siete, siendo las 9:00 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar por ante este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, la prolongación de la audiencia preliminar en la presente causa, contentiva del juicio por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoado por el ciudadano FRANCISCO JOSE CHIIQUE LEUCHE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.231.214, contra la empresa METAL CINCO, C.A. Se anunció el acto a las puertas del Tribunal conforme a la Ley, compareciendo sólo la abogada en ejercicio ZOILA ROJAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el nro. 106.427, apoderada judicial de la demandada, carácter que se evidencia de instrumento poder cursante en autos y por cuanto la parte actora no compareció a esta audiencia ni por sí ni por medio de apoderado alguno, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara, DESISTIDO Y TERMINADO el procedimiento de cobro de prestaciones sociales, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de esta decisión. Siendo las 9:21 de la mañana se cierra este acto. Se hacen dos ejemplares de esta acta, uno para el expediente y otro destinado al copiador de audiencias llevado por este Juzgado. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza Temporal,


Abg. Analy Silvera



La apoderada de la demandada,

Abg. Zoila Rojas

La Secretaria,

Abg. María Carmona