REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de abril de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO: BP02-S-2008-000520


Vista la solicitud de Titulo de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por la ciudadana CARMEN DUBINE TOCUYO venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-5.961.703, debidamente asistida por la abogada en ejercicio LISBETH ZAMBRANO venezolana, mayor de edad, de este domicilio e inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 81.030, donde pide se le declare Únicas y Universal Heredera de su causante, el ciudadano LUIS ALBERTO TOCUYO, quien fuere venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-19.611.812, fallecido ab-intestato el día 26 de diciembre de 2.007, en la ciudad de Barcelona Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, tal como consta en el Acta de Defunción Nº 18 de fecha 19 de enero de 2.008, expedida por el Registro Civil del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui y que cursa inserta al folio tres (03) de la presente solicitud.- Con vista de los recaudos acompañados, consistentes en: Acta de Defunción y Acta de nacimiento del de cujus antes identificado, así como las declaraciones rendidas por las ciudadanas MARIA AUXILAIDORA LOZANO Y BETZAIDA DEL VALLE FLORES, venezolanas mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.201.763 y V-11.902.706 respectivamente, quienes comparecieron por ante este Tribunal en fecha 26 de marzo de 2.008 manifestando bajo juramento que: “La conocen de vista trato y comunicación e igualmente a su hijo y que murió en Barcelona, en esa fecha y que no dejo hijos, de igual forma que el de cujus no tubo ni esposa ni concubina”.-
Este Tribunal, DECLARA las presentes actuaciones suficientes para acreditar a la ciudadana: CARMEN DUBINE TOCUYO antes identificada, su condición de ÚNICAS Y UNIVERSAL HEREDERA del de cujus LUIS ALBERTO TOCUYO, quien fuere venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-19.611.812, fallecido ab-intestato el día 26 de diciembre de 2.007, en la ciudad de Barcelona Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, tal como consta en el Acta de Defunción Nº 18 de fecha 19 de enero de 2.008, expedida por el Registro Civil del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Entréguense las presentes actuaciones originales a la parte interesada. Así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.-
El Juez Titular,

Dr. Henry Agobian Viettri
La Secretaria Temporal,

Abog. Zulema Nweihed de Guerrero.



En esta misma fecha y constante de nueve (09) folios, se devuelven originales las presentes actuaciones.,
La Secretaria temporal,


Abog. Zulema Nweihed de Guerrero.