REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticinco de abril de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: BP02-S-2008-001642
Vista la solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos, presentada por los ciudadanos SUSANA MARIA PRESILLA MARCANO, MARIA DEL VALLE PRESILLA MARCANO, PEDRO MUJICA MARCANO y ASENCIÓN MUJICA DE MILLAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-1.178.497, 1.167.424, 2.830.949 y 3.822.064, asistidos por la Abogada Zoira Cabello Freites, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 22.041, mediante el cual solicitó que tanto ellos como sus hermanos, ciudadanos ANA LUISA MUJICA DE DASNIEL, SEVERIANO ANTONIO MUJICA MARCANO, RUPERTO JOSE MUJICA MARCANO, sean declarados UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la de Cujus ASENCIÓN MARCANO DE MUJICA, quien era venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nos. V-876.381.- Vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los ciudadanos José Rosendo Marcano Veliz y Kelvin J. Bello Hurtado, identificados en autos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de Cujus ASENCIÓN MARCANO DE MUJICA, a los ciudadanos SUSANA MARIA PRESILLA MARCANO, MARIA DEL VALLE PRESILLA MARCANO, PEDRO MUJICA MARCANO, ASENCIÓN MUJICA DE MILLAN, ANA LUISA MUJICA DE DASNIEL, SEVERIANO ANTONIO MUJICA MARCANO y RUPERTO JOSE MUJICA MARCANO, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase original al solicitante y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.-
EL JUEZ PROVISORIO,

Abg. JESÚS S. GUTIERREZ DIAZ LA SECRETARIA

Abg. MIRLA MATA ROJAS