REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, siete de abril de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO: BP02-S-2008-001342
Vista la solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos, presentada por el ciudadano Juan Carlos Golindano Sosa, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Lechería, Municipio Urbaneja del Estado Anzoátegui y titular de la cédula de identidad No. V-13.873.621, asistido por la Abogada Miguelys Cardozo, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 98.107, mediante el cual solicitó que sea declarado como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, de los de Cujus Graciela Dominga Sosa de Golindano y Jesús Esteban Golindano Lozada, quienes eran venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.119.483 y V-1.412.348 respectivamente.- Vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los ciudadanos Alicia Del Valle Gómez Hernández y Carmen Elena Alfonzo de Quiroga, identificados en autos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles su condición de ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de los de Cujus Graciela Dominga Sosa de Golindano y Jesús Esteban Golindano Lozada, al ciudadano Juan Carlos Golindano Sosa, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase original al solicitante y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.-
EL JUEZ PROVISORIO,

Abg. JESÚS S. GUTIERREZ D.
LA SECRETARIA

Abg. MIRLA MATA ROJAS
Nota: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.- Conste.-
LA SECRETARIA

Abg. MIRLA MATA ROJAS
JSGD/MMR/RUB