REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de abril de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO : BP02-M-2008-000097
Visto el escrito presentado en fecha 15 de Abril de 2008, suscrito por el DR. MANZUR ADONIS GONZALEZ CORREDOR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 81.000, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandante ciudadano EDGAR TOVAR MAYZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 5.390.438, por una parte y por la otra, el ciudadano OMAR RAFAEL NORIEGA SARRAMEDA, venezolano, Mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.502.206, en su propio nombre y en su condición de deudor principal, así como en nombre y representación de la Sociedad Mercantil INVERSIONES HENOR C.A., parte demandada, y vista la transacción celebrada por las partes en la misma, este Tribunal la HOMOLOGA, en los mismos términos y condiciones por ellos descritos, y lo toma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Igualmente se ordena expedir por secretaría dos copias certificadas del presente auto y de la transacción celebrada. Así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Cúmplase.-
La Juez Suplente Especial,
Abg. Helen Palacio García
La Secretaria Acc.,
Abg. Monica Iabichella Arreaza
-HPG/luyanny
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