REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de abril de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO: BP02-V-2006-002142

Vista la diligencia presentada por la ciudadana MARIBEN PORTILLO JARAMILLO, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 122.533, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora, y visto el contenido del mismo; este Tribunal HOMOLOGA dicho Desistimiento del Procedimiento y la Acción, en los mismos términos y condiciones por ella descritos, y lo toma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo N° 256 del Código de Procedimiento Civil, asimismo, se Suspende la Medida decretada por este Tribunal en fecha 09 de Febrero de 2.008 y practicada por ante el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 28 de Marzo del 2.007 sobre el inmueble objeto de la demanda. En consecuencia, ofíciese lo conducente al Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los fines de comunicarle de la suspensión de la medida. Líbrese Oficio.

Juez Suplente Especial



Dra. Helen Palacio García
Secretaria Accidental


Abg. Mónica Iabichella


HPG/OAS